Excedencia de agrupación familiar en el estatuto personal

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Bienvenidos a Viltis, el blog jurídico en el que encontrarás información actualizada sobre temas legales en España. En esta ocasión, hablaremos sobre la excedencia por agrupación familiar en el ámbito del personal estatutario.

La excedencia por agrupación familiar es un derecho que tienen los trabajadores para ausentarse temporalmente de su puesto de trabajo con el fin de atender a sus familiares en situaciones especiales, como por ejemplo, el cuidado de hijos menores de 12 años o familiares dependientes.

En el caso del personal estatutario en España, este derecho está regulado por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. En su artículo 46, se establece que los trabajadores tienen derecho a solicitar una excedencia por agrupación familiar de hasta tres años, prorrogables por un año más, en caso de cuidado de hijos menores de 12 años o familiares dependientes.

Requisitos para solicitar la excedencia por agrupación familiar

Para poder acceder a este derecho, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Contar con al menos un año de antigüedad en el puesto de trabajo.
  • Tener un vínculo familiar de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona a la que se va a cuidar.
  • Acreditar la necesidad de atender a la persona por razones de salud o dependencia.

Es importante mencionar que, durante la excedencia, el trabajador no percibirá salario, pero sí conservará su puesto de trabajo y tendrá derecho a la reserva del mismo durante un año. Además, el tiempo de excedencia será computable a efectos de antigüedad en la empresa.

Procedimiento para solicitar la excedencia por agrupación familiar

La solicitud de la excedencia por agrupación familiar deberá realizarse por escrito, indicando los motivos y la duración de la misma. La empresa tendrá un plazo de 15 días para responder a la solicitud, pudiendo denegarla únicamente en caso de que no se cumplan los requisitos establecidos.

En caso de que la solicitud sea denegada, el trabajador podrá interponer una reclamación ante la autoridad laboral competente.

En resumen, la excedencia por agrupación familiar en el ámbito del personal estatutario es un derecho que permite a los trabajadores ausentarse temporalmente de su puesto de trabajo para atender a sus familiares en situaciones especiales. Si tienes alguna duda o comentario, no dudes en dejárnoslo en la sección de comentarios.

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