Acta Constitución de Sociedad Anónima

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Bienvenidos a Viltis, el blog jurídico donde podrás encontrar información relevante sobre temas legales y empresariales.

Hoy hablaremos sobre un tema muy importante en el mundo de los negocios: el acta constitución de una sociedad anónima.

Una sociedad anónima es una forma de organización empresarial en la que el capital social está dividido en acciones y la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado. Es una opción muy popular entre los empresarios ya que ofrece una serie de ventajas, como la posibilidad de obtener financiamiento a través de la venta de acciones y la protección del patrimonio personal de los socios.

¿Qué es el acta constitución de una sociedad anónima?

El acta constitución es el documento en el que se formaliza la creación de una sociedad anónima. Es un documento fundamental, ya que establece las bases de la sociedad y define los derechos y obligaciones de los socios, así como la forma en que se llevarán a cabo las decisiones y operaciones de la empresa.

Para constituir una sociedad anónima, se requiere de un mínimo de dos socios y un capital social mínimo establecido por la ley. El acta constitución debe ser redactada por un abogado o notario y debe incluir información como el nombre de la sociedad, su objeto social, el capital social y la forma en que se dividirán las acciones, entre otros aspectos.

A continuación, te presentamos un ejemplo de cómo sería un acta constitución de una sociedad anónima:

ACTA CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA «EJEMPLO S.A.»

En la ciudad de Viltis, a los 15 días del mes de abril de 2021, se reúnen en la Notaría Pública del Licenciado Juan Pérez los señores María Gómez y Pedro Rodríguez, con el objeto de constituir una sociedad anónima bajo la denominación de «EJEMPLO S.A.»

Los comparecientes manifiestan que han llegado a un acuerdo para constituir una sociedad anónima de conformidad con las leyes de la República de Viltis y, en tal virtud, otorgan el presente acta de constitución de sociedad anónima, que se regirá por los siguientes estatutos:

Artículo 1. Denominación social: La sociedad se denominará «EJEMPLO S.A.»

Artículo 2. Objeto social: La sociedad tendrá como objeto principal la comercialización de productos de belleza y cuidado personal, así como la prestación de servicios de asesoría y consultoría en esta área.

Artículo 3. Capital social: El capital social de la sociedad será de $50,000 (cincuenta mil dólares), dividido en 50,000 (cincuenta mil) acciones de $1 (un dólar) cada una, totalmente suscritas y pagadas en su totalidad por los socios.

Artículo 4. Acciones: Las acciones de la sociedad serán nominativas y podrán ser libremente cedidas entre los socios y terceros, previa autorización de la junta de accionistas.

Artículo 5. Órganos de la sociedad: La sociedad estará dirigida por una junta directiva compuesta por tres miembros, quienes serán elegidos por la junta de accionistas y durarán en sus funciones un periodo de dos años.

Artículo 6. Junta de accionistas: La junta de accionistas será el órgano supremo de la sociedad y se reunirá al menos una vez al año para aprobar los estados financieros y tomar decisiones importantes para la empresa.

Artículo 7. Disolución y liquidación: La sociedad se disolverá en caso de quiebra, pérdida de la mitad del capital social o por acuerdo de la junta de accionistas. En caso de disolución, se procederá a la liquidación de la sociedad de acuerdo con las disposiciones legales aplicables.

En fe de lo cual, los comparecientes firman el presente acta constitución de sociedad anónima en la ciudad y fecha antes mencionadas.

María Gómez

Pedro Rodríguez

Ante mí,

Juan Pérez

Notario Público

Es importante destacar que este es solo un ejemplo y que cada acta constitución puede variar según las necesidades y acuerdos de los socios. Si estás interesado en constituir una sociedad anónima, te recomendamos buscar asesoría legal para asegurarte de que todo esté en orden.

Esperamos que este artículo te haya sido útil y si tienes alguna duda o comentario, no dudes en dejarlo abajo. ¡Nos encantaría saber tu opinión!

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