Fianza Alquiler en Euskadi: Todo lo que necesitas saber

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Bienvenido al blog jurídico Viltis, donde encontrarás información y consejos sobre temas legales en el ámbito español.

En esta ocasión, hablaremos sobre un tema que preocupa a muchos arrendatarios y arrendadores en la comunidad autónoma de Euskadi: la fianza en los contratos de alquiler.

La fianza es una cantidad de dinero que el arrendatario debe entregar al arrendador al firmar el contrato de alquiler. Esta cantidad tiene como finalidad garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, como el pago del alquiler o la reparación de posibles daños en la vivienda.

¿Cuánto dinero debe ser entregado como fianza? Según la Ley de Arrendamientos Urbanos, la fianza no puede ser superior a dos mensualidades de renta en contratos de vivienda, o una mensualidad en alquileres de uso distinto al de vivienda. En el caso de Euskadi, existe una excepción para los alquileres de viviendas protegidas, donde la fianza puede ser de hasta tres mensualidades.

¿Cómo debe ser depositada la fianza?

En Euskadi, la ley establece que la fianza debe ser depositada en la Agencia Vasca de la Vivienda en un plazo máximo de un mes desde la firma del contrato. El arrendador debe informar al arrendatario sobre el número de cuenta donde se realizará el depósito y entregarle el justificante correspondiente.

¿Qué sucede si no se realiza el depósito de la fianza? Si el arrendador no cumple con su obligación de depositar la fianza, el arrendatario puede exigir su devolución en cualquier momento durante la vigencia del contrato. Además, en caso de que el arrendador decida resolver el contrato de forma anticipada, deberá devolver la fianza al arrendatario en el plazo de un mes.

¿Qué ocurre al finalizar el contrato de alquiler?

Al finalizar el contrato de alquiler, el arrendador debe devolver la fianza al arrendatario en el plazo de un mes, siempre y cuando no existan deudas pendientes o daños en la vivienda. En caso de que el arrendador detecte algún daño, deberá comunicarlo al arrendatario en un plazo máximo de un mes desde la finalización del contrato, indicando el importe a descontar de la fianza.

En resumen, la fianza en los contratos de alquiler en Euskadi es una garantía para ambas partes y debe ser depositada en un plazo máximo de un mes desde la firma del contrato. Si tienes cualquier duda o quieres compartir tu experiencia, no dudes en dejarnos un comentario.

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