Contrato Superficie: Todo lo que Necesitas Saber

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Bienvenidos a Viltis, el blog jurídico donde encontrarás información y análisis sobre diferentes temas legales. En esta ocasión, nos enfocaremos en el contrato de superficie, un acuerdo que puede resultar de gran utilidad en diversas situaciones.

El contrato de superficie es un acuerdo en el cual una persona, llamada superficiario, adquiere el derecho de construir y explotar una edificación en un terreno que pertenece a otra persona, llamada superficiante. Esta figura es muy común en el ámbito inmobiliario, ya que permite a una persona construir en un terreno que no es de su propiedad, pero sin tener que comprarlo.

¿En qué situaciones puede ser útil un contrato de superficie?

Un contrato de superficie puede ser de gran utilidad en diversas situaciones, como por ejemplo:

  • En el ámbito empresarial, cuando una empresa necesita ampliar sus instalaciones pero no cuenta con el capital suficiente para adquirir un terreno.
  • En el sector turístico, cuando se quiere construir un hotel o resort en un terreno que no es de propiedad del inversionista.
  • En el ámbito agrícola, cuando se desea cultivar en un terreno que no es de propiedad del agricultor.

Como se puede observar, el contrato de superficie puede ser una alternativa interesante en diversas situaciones. A continuación, presentaremos un ejemplo de cómo sería un contrato de superficie:

Contrato de superficie entre Juan Pérez (superficiario) y María López (superficiante)

En la ciudad de Madrid, a fecha, comparecen como partes el señor Juan Pérez, con DNI 12345678, en adelante denominado como «superficiario», y la señora María López, con DNI 87654321, en adelante denominada como «superficiante», quienes acuerdan celebrar un contrato de superficie bajo las siguientes cláusulas:

Primera: La señora María López cede en calidad de superficiante al señor Juan Pérez el derecho de superficie sobre el terreno ubicado en la calle Calle Mayor 123, con una superficie de 1000 metros cuadrados, para que en él pueda construir y explotar un edificio de 5 pisos.

Segunda: El plazo del contrato será de 20 años, contados a partir de la fecha de firma del mismo. El superficiario tendrá la opción de renovar el contrato por un periodo igual al término del mismo, siempre y cuando cumpla con las obligaciones establecidas en este contrato.

Tercera: El superficiario se compromete a pagar a la superficiante una contraprestación anual de 10.000 euros, pagaderos en 12 cuotas mensuales de 833,33 euros cada una. Esta contraprestación podrá ser revisada cada 5 años, aplicando la variación del IPC (Índice de Precios al Consumidor).

Cuarta: El superficiario se compromete a construir un edificio de 5 pisos en el terreno mencionado, el cual deberá cumplir con las normas urbanísticas y de construcción vigentes en la ciudad de Madrid. Asimismo, el superficiario se compromete a mantener el terreno y el edificio en buen estado durante la vigencia del contrato.

Quinta: Al término del contrato, el superficiario deberá entregar el terreno y el edificio a la superficiante en las mismas condiciones en que los recibió, salvo el desgaste natural por el uso adecuado del mismo.

Las partes firman este contrato en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Madrid, a la fecha antes mencionada.

Juan Pérez
Superficiario

María López
Superficiante

Esperamos que este ejemplo haya sido de utilidad para comprender mejor cómo funciona un contrato de superficie. Si tienes alguna duda o comentario, no dudes en dejarlo en la sección de comentarios. ¡Gracias por visitar Viltis!

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