Excedencia por cuidado de hijos en funcionarios según TREBEP

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Bienvenidos a Viltis, el blog jurídico donde encontrarás toda la información actualizada sobre temas legales en España. En esta ocasión, hablaremos sobre la excedencia por cuidado de hijos en funcionarios según el TREBEP.

La excedencia por cuidado de hijos es un derecho que tienen los funcionarios públicos en España, recogido en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP). Este tipo de excedencia permite al funcionario ausentarse temporalmente de su puesto de trabajo para dedicarse al cuidado de sus hijos menores de 3 años.

¿Quiénes pueden solicitarla?

La excedencia por cuidado de hijos en funcionarios está dirigida a aquellos que tengan la condición de funcionario de carrera, funcionario interino o personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Además, deben tener al menos un año de antigüedad en el puesto de trabajo y estar al día en el cumplimiento de sus funciones.

¿Cuánto tiempo dura?

La duración de esta excedencia es de un máximo de tres años, aunque puede ser prorrogada hasta que el hijo cumpla los 3 años de edad. Durante este tiempo, el funcionario no recibirá remuneración pero tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo y a la reincorporación a su mismo puesto o a uno similar en caso de que este haya sido suprimido.

¿Cómo se solicita?

La solicitud de la excedencia por cuidado de hijos en funcionarios debe presentarse ante el órgano competente de la Administración en la que se encuentre el funcionario. Es importante presentarla con al menos 15 días de antelación al inicio de la excedencia y adjuntar la documentación necesaria, como el certificado de nacimiento del hijo.

En resumen, la excedencia por cuidado de hijos en funcionarios es un derecho que permite a los padres dedicarse al cuidado de sus hijos menores de 3 años sin perder su puesto de trabajo. Si tienes alguna duda sobre este tema, no dudes en dejarnos tu comentario. ¡Gracias por leernos en Viltis!

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