Bienvenidos al blog jurídico de Viltis. En esta ocasión hablaremos sobre un tipo de contrato muy importante en el ámbito laboral: el contrato personalísimo.
Este tipo de contrato se caracteriza por ser aquel en el que la prestación de servicios está estrechamente ligada a la persona del trabajador, es decir, no puede ser realizado por otra persona en su lugar. Es común en casos donde se requiere de una habilidad o conocimiento especial por parte del trabajador, como en el caso de artistas, deportistas o profesionales de la salud.
Ejemplo de contrato personalísimo
Contrato de prestación de servicios personalísimo
Entre Viltis, en adelante «el empleador», y Juan Pérez, en adelante «el trabajador», se celebra el presente contrato de prestación de servicios personalísimo en la ciudad de Madrid, a 15 de enero de 2021.
El trabajador se compromete a prestar sus servicios como actor en la obra de teatro «Romeo y Julieta», producida por el empleador, durante un periodo de 6 meses, a partir del 1 de febrero de 2021.
El empleador se compromete a pagar al trabajador una remuneración mensual de 2000 euros, a ser abonada los primeros 5 días de cada mes.
El trabajador declara estar en pleno uso de sus facultades mentales y físicas para la realización de las tareas encomendadas y aportar su máximo esfuerzo y dedicación al desempeño de sus funciones.
En caso de incumplimiento por parte del trabajador, el empleador podrá rescindir el contrato de forma inmediata y sin previo aviso.
Firmado por ambas partes en señal de conformidad:
Empleador: __________________________
Trabajador: __________________________
Si tienes alguna duda sobre el contrato personalísimo o quieres compartir tu experiencia con este tipo de contrato, no dudes en dejarnos un comentario. ¡Estaremos encantados de leerte!