Delito de Violencia de Género: Código Penal

Table of Contents

Bienvenidos al blog jurídico de Viltis, un espacio dedicado a analizar y debatir sobre temas legales relevantes en el ámbito español.

En esta ocasión, hablaremos sobre un tema muy importante en nuestra sociedad actual: el delito de violencia de género contemplado en el Código Penal español.

La violencia de género es un problema que afecta a millones de mujeres en todo el mundo y que ha sido reconocido como un grave problema social y de derechos humanos. En España, se ha tomado una postura firme en la lucha contra esta violencia, lo que se refleja en la inclusión de un capítulo específico en el Código Penal que establece medidas de protección y sanciones para los agresores.

¿Qué es la violencia de género?

Según la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, se entiende por violencia de género cualquier acto de violencia física, psicológica o sexual, incluyendo las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad, que se ejerce contra una mujer por parte de su cónyuge o ex cónyuge, pareja o ex pareja, o cualquier otro hombre con el que haya o haya tenido una relación de afectividad, aunque no exista convivencia.

Es importante destacar que la violencia de género no se limita únicamente a la violencia física, sino que también puede manifestarse en forma de violencia psicológica, económica o social, y puede tener graves consecuencias en la vida de las víctimas, como trastornos emocionales, aislamiento social, pérdida de autoestima e incluso la muerte.

¿Qué dice el Código Penal al respecto?

El Código Penal español establece en su artículo 153 la pena de prisión de seis meses a un año para aquellos que ejerzan violencia física o psíquica contra su cónyuge o ex cónyuge, o contra la persona con la que hayan mantenido una relación de afectividad, aunque no hayan convivido juntos.

Además, en los casos más graves, cuando la violencia haya sido habitual o se haya producido en presencia de menores, la pena puede ser de dos a cinco años de prisión.

Asimismo, se contemplan medidas de protección para las víctimas, como la prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella, la suspensión del régimen de visitas en caso de hijos en común, y la obligación de asistir a programas de reeducación y tratamiento psicológico.

Es importante destacar que el delito de violencia de género no prescribe, por lo que la víctima puede denunciar en cualquier momento y se puede iniciar un proceso penal contra el agresor, incluso si han pasado varios años desde la agresión.

En Viltis, estamos comprometidos con la lucha contra la violencia de género y creemos que es responsabilidad de todos promover una sociedad libre de violencia y respetuosa con los derechos humanos. Si tienes alguna duda o comentario sobre este tema, no dudes en dejarnos un comentario.

Rate this post

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *