Entendiendo el contrato de alquiler verbal

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En este espacio encontrarás información y consejos sobre diversos temas legales. En esta ocasión, hablaremos sobre el contrato de alquiler verbal.

El contrato de alquiler verbal es un acuerdo entre dos partes, el arrendador y el arrendatario, en el que se establece el uso y disfrute de un bien inmueble a cambio de una contraprestación económica. A diferencia del contrato de alquiler escrito, el verbal no queda plasmado en un documento escrito, lo que puede generar problemas en caso de algún conflicto entre las partes.

Es importante tener en cuenta que, aunque no se cuente con un contrato escrito, el contrato de alquiler verbal es igualmente válido y legal. Sin embargo, al no contar con un documento que detalle las condiciones y términos del acuerdo, puede resultar más difícil resolver cualquier disputa que surja entre las partes.

¿Cómo se realiza un contrato de alquiler verbal?

El contrato de alquiler verbal puede realizarse de forma oral, a través de una conversación entre el arrendador y el arrendatario. Es importante que ambas partes estén de acuerdo con las condiciones del alquiler y que se establezcan claramente las responsabilidades y obligaciones de cada uno.

Para evitar posibles malentendidos, es recomendable que se registren las conversaciones en un documento escrito, aunque este no tenga validez legal. De esta manera, se puede contar con una referencia en caso de necesitar aclarar algún punto en el futuro.

Ejemplo de contrato de alquiler verbal

En la ciudad de Madrid, a 15 de septiembre de 2021, comparecen como arrendador Juan Pérez y como arrendatario María Gómez, ambos mayores de edad y con capacidad legal para contratar, quienes acuerdan celebrar un contrato de alquiler verbal sobre el inmueble ubicado en la calle Gran Vía 123, piso 2, con las siguientes condiciones:

1. El arrendador cede el uso y disfrute del inmueble a la arrendataria por un plazo de un año, comenzando el día 1 de octubre de 2021 y finalizando el día 30 de septiembre de 2022.

2. La renta mensual acordada es de 800 euros, que deberán ser abonados por la arrendataria el día 5 de cada mes.

3. La arrendataria se compromete a mantener el inmueble en buenas condiciones y a realizar las reparaciones necesarias por su cuenta.

4. El arrendador se responsabiliza de los gastos de comunidad y de cualquier reparación que sea necesaria por causas imputables a él.

5. Cualquier modificación en las condiciones del alquiler deberá ser acordada por ambas partes y registrada por escrito.

6. En caso de incumplimiento de alguna de las cláusulas del contrato, cualquiera de las partes podrá dar por terminado el acuerdo con un preaviso de 30 días.

En prueba de conformidad, firman este contrato de alquiler verbal en dos ejemplares, uno para cada parte.

Firmado:

Arrendador: Juan Pérez

Arrendataria: María Gómez

Esperamos que esta información te haya sido útil. Si tienes alguna duda o comentario, no dudes en dejarlo abajo. ¡Nos encantaría saber tu opinión!

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