Contrato y Paro: Entendiendo la Relación Laboral de un Día

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En esta ocasión, hablaremos sobre un tema que puede ser de gran interés para muchas personas: el contrato de un día y la posibilidad de cobrar el paro.

Es común que muchas empresas realicen contratos de un día para cubrir necesidades puntuales, como puede ser una carga de trabajo extra o la ausencia de un empleado. Sin embargo, ¿qué ocurre con el trabajador que firma este tipo de contrato?

En primer lugar, es importante mencionar que este tipo de contrato es completamente legal y está regulado por la ley laboral. Esto significa que, aunque se trate de un contrato de un solo día, el trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro empleado.

¿Qué significa esto? Que el trabajador tiene derecho a recibir un salario acorde a su puesto y jornada laboral, a las prestaciones sociales, vacaciones y, en caso de ser necesario, a la baja por enfermedad o accidente laboral.

Sin embargo, una de las principales dudas que surgen con este tipo de contratos es si el trabajador tiene derecho a cobrar el paro una vez finalizado el contrato.

La respuesta es sí, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. Según la normativa vigente, para poder acceder al cobro del paro, el trabajador debe haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años. Esto significa que si el contrato de un día se realiza dentro de ese periodo, se considerará como un día cotizado y se sumará al total de días necesarios para acceder al paro.

Ejemplo de contrato de un día

En la ciudad de Madrid, a 20 de mayo de 2021, comparecen las partes:

De una parte, la empresa XYZ, representada por su gerente, D. Juan Pérez, con NIF 12345678A, con domicilio en la calle Mayor, 10.

De otra parte, Dña. María Rodríguez, con DNI 98765432B, en calidad de trabajadora, con domicilio en la calle Sol, 5.

Las partes acuerdan celebrar un contrato de trabajo por un día, con las siguientes condiciones:

1. La trabajadora realizará tareas de limpieza en la empresa XYZ, con un salario de 50 euros por día trabajado.

2. La jornada laboral será de 8 horas, de 9:00 a 17:00 horas, con una hora de descanso para el almuerzo.

3. La trabajadora tendrá derecho a las prestaciones sociales correspondientes y al cobro del paro en caso de finalizar el contrato.

Y para que así conste, firman el presente contrato en duplicado, quedando una copia en poder de cada parte.

Esperamos que este artículo haya sido de utilidad para resolver tus dudas sobre el contrato de un día y el cobro del paro. Si tienes alguna pregunta o comentario, no dudes en dejarlo en la sección de comentarios. ¡Gracias por visitar Viltis!

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