Excedencia por enfermedad propia: explicación y derechos

Table of Contents

Bienvenido al blog jurídico Viltis, donde podrás encontrar información y asesoramiento sobre diferentes temas legales en el ámbito español.

Hoy hablaremos sobre la excedencia por enfermedad propia, un derecho laboral que permite a los trabajadores ausentarse temporalmente de su trabajo debido a una enfermedad que les impide desempeñar sus funciones.

Esta figura está regulada en el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores y su objetivo es proteger al trabajador que se encuentra en una situación de incapacidad temporal debido a una enfermedad o lesión que le impide realizar su trabajo de manera temporal.

Requisitos para solicitar la excedencia por enfermedad propia

Para poder acceder a este tipo de excedencia, es necesario cumplir con ciertos requisitos:

  • Tener una antigüedad mínima de un año en la empresa.
  • Presentar un certificado médico que acredite la incapacidad temporal del trabajador.
  • Comunicar a la empresa la solicitud de excedencia por enfermedad propia con al menos 15 días de antelación.

Es importante tener en cuenta que durante el tiempo de excedencia, el trabajador no recibirá ningún tipo de remuneración por parte de la empresa.

Duración de la excedencia por enfermedad propia

La duración máxima de esta excedencia es de 12 meses, pero puede ser prorrogada por otros 12 meses si se presenta un nuevo certificado médico que acredite la continuidad de la incapacidad temporal.

Es importante mencionar que durante el tiempo de excedencia, el trabajador seguirá cotizando a la Seguridad Social, lo que le permitirá mantener sus derechos laborales y acceder a la prestación por incapacidad temporal en caso de ser necesario.

Reincorporación al trabajo

Una vez finalizada la excedencia por enfermedad propia, el trabajador deberá reincorporarse a su puesto de trabajo en un plazo máximo de 10 días hábiles, de lo contrario, se considerará que ha renunciado a su puesto de trabajo.

Es importante mencionar que la empresa no puede negarse a la reincorporación del trabajador, ya que se trata de un derecho reconocido por ley.

En caso de que el trabajador no pueda reincorporarse debido a su estado de salud, se podrá solicitar una prórroga de la excedencia por un periodo máximo de 6 meses.

Esperamos que esta información te haya sido útil y si tienes cualquier duda, no dudes en dejar tu comentario. En Viltis estaremos encantados de ayudarte y orientarte en todo lo relacionado con el derecho laboral en España.

Rate this post

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *