Contrato 418: La clave para cubrir temporalmente una vacante laboral

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En Viltis nos encargamos de informarte sobre los temas legales más relevantes y actuales. Hoy hablaremos sobre el contrato 418 interinidad, un tema que puede ser de interés para muchas personas en el ámbito laboral.

Antes de adentrarnos en el tema, es importante aclarar que este tipo de contrato se encuentra regulado en el artículo 418 del Estatuto de los Trabajadores. Se trata de un contrato temporal que se celebra para cubrir una vacante en una empresa mientras se busca un trabajador permanente.

¿Cómo funciona el contrato 418 interinidad?

Este contrato se utiliza cuando una empresa necesita cubrir una vacante temporal debido a una ausencia o licencia del trabajador titular. Puede ser por motivos de maternidad, paternidad, enfermedad, entre otros.

El contrato 418 interinidad tiene una duración máxima de 3 años, aunque puede ser inferior en función de la duración de la ausencia del trabajador titular. Una vez que el trabajador titular regresa a su puesto, el contrato de interinidad se extingue.

Ejemplo de contrato 418 interinidad

En la ciudad de Madrid, a 01 de enero de 2021, comparecen:

De una parte, la empresa «Viltis S.L.», representada por María Pérez, con NIF 12345678A, en calidad de empleadora.

De otra parte, Juan Martínez, con DNI 87654321B, en calidad de trabajador interino.

Ambas partes acuerdan celebrar un contrato de interinidad con las siguientes cláusulas:

1. Objeto del contrato: El presente contrato tiene por objeto cubrir la vacante temporal del trabajador titular, María López, por motivo de maternidad.

2. Duración del contrato: El contrato tendrá una duración de 16 semanas, a partir del 01 de enero de 2021 hasta el 30 de abril de 2021.

3. Jornada laboral: La jornada laboral será de 40 horas semanales, de lunes a viernes.

4. Salario: El trabajador percibirá un salario de 1.500 euros brutos mensuales.

5. Derechos y obligaciones: El trabajador interino tendrá los mismos derechos y obligaciones que el trabajador titular en cuanto a salario, horario, vacaciones, entre otros.

En prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato en la fecha y lugar indicados anteriormente.

María Pérez – Empleadora

Juan Martínez – Trabajador interino

Es importante destacar que el contrato 418 interinidad no puede ser utilizado para cubrir vacantes permanentes o para realizar tareas que no estén relacionadas con la vacante del trabajador titular.

Esperamos que este artículo te haya sido útil para entender mejor el contrato 418 interinidad. Si tienes alguna duda o comentario, no dudes en dejarlo abajo. ¡Gracias por leernos en Viltis!

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