Acta Constitución para Fundación sin Lucro

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Bienvenido a Viltis, el blog jurídico

En esta ocasión, hablaremos sobre un tema muy importante para aquellos que desean crear una organización sin fines de lucro: el acta constitución de una fundación sin ánimo de lucro. Si estás interesado en formar una fundación con propósitos altruistas y sociales, este artículo es para ti.

¿Qué es una fundación sin ánimo de lucro?

Una fundación sin ánimo de lucro es una organización cuyo objetivo principal es llevar a cabo actividades con fines sociales, culturales, educativos, científicos, religiosos, entre otros. Su principal diferencia con una empresa es que no tiene como finalidad obtener beneficios económicos, sino que sus ingresos se destinan exclusivamente a cumplir con su misión y objetivos.

¿Por qué es importante el acta constitución?

El acta constitución es el documento fundamental en el que se establecen las bases y normas que regirán el funcionamiento de la fundación. Es necesario que sea redactada con precisión y detalle, ya que servirá como guía para la toma de decisiones y la gestión de la organización en el futuro.

Ejemplo de acta constitución de una fundación sin ánimo de lucro

Acta Constitución de la Fundación «Unidos por un Mejor Futuro»

En la ciudad de Madrid, a los 20 días del mes de agosto de 2021, se reúnen los siguientes miembros con el propósito de fundar una organización sin fines de lucro:

– Luisa García, con DNI 12345678A, en calidad de presidente

– Carlos Martínez, con DNI 98765432B, en calidad de secretario

– Ana Sánchez, con DNI 24681012C, en calidad de tesorera

Los miembros presentes manifiestan su voluntad de crear una fundación sin ánimo de lucro con el nombre de «Unidos por un Mejor Futuro», cuyo objetivo será ayudar a niños y jóvenes en situación de vulnerabilidad en la ciudad de Madrid.

Para ello, se establecen los siguientes estatutos:

Artículo 1: Denominación y domicilio social.

La fundación se denominará «Unidos por un Mejor Futuro» y tendrá su domicilio social en la calle Gran Vía, número 123, Madrid.

Artículo 2: Objetivos.

La fundación tendrá como objetivo principal brindar apoyo y asistencia a niños y jóvenes en situación de vulnerabilidad, promoviendo su educación, salud y bienestar.

Artículo 3: Patrimonio.

El patrimonio inicial de la fundación será de 10.000 euros, aportados por los miembros fundadores. Los ingresos y bienes de la fundación se destinarán exclusivamente al cumplimiento de sus fines y objetivos.

Artículo 4: Órganos de gobierno.

Los órganos de gobierno de la fundación serán: la Asamblea General, el Patronato y la Dirección Ejecutiva. La Asamblea General estará formada por todos los miembros de la fundación y será el máximo órgano de toma de decisiones.

Artículo 5: Disolución.

En caso de disolución de la fundación, el patrimonio restante será destinado a otra organización sin fines de lucro con fines similares.

Y para que conste, firman el presente acta los miembros fundadores.

Si estás interesado en formar parte de nuestra fundación o colaborar de alguna manera, no dudes en contactarnos a través de nuestro correo electrónico o redes sociales. ¡Unidos por un Mejor Futuro!

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad. Si tienes alguna duda o comentario, no dudes en dejarlo abajo. ¡Gracias por leer Viltis, el blog jurídico!

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