Entendiendo la prescripción de gastos comunes

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En esta ocasión, hablaremos sobre un tema que suele generar muchas dudas en la comunidad de propietarios: la prescripción de los gastos comunes. A menudo, nos encontramos con situaciones en las que los vecinos se preguntan si tienen que pagar gastos comunes de años anteriores o si estos han prescrito. En este artículo, trataremos de aclarar todas tus dudas al respecto.

¿Qué son los gastos comunes?

Antes de entrar en materia, es importante definir qué son los gastos comunes en una comunidad de propietarios. Se trata de aquellos gastos necesarios para el mantenimiento y conservación de las zonas y servicios comunes del edificio, como por ejemplo: la limpieza, la luz de las zonas comunes, el ascensor, entre otros.

¿Cuánto tiempo tienen los vecinos para reclamar el pago de gastos comunes?

Según el artículo 1.964 del Código Civil, el plazo para reclamar el pago de deudas es de 5 años. Por lo tanto, en el caso de los gastos comunes, el presidente de la comunidad tiene un plazo de 5 años para reclamar a los vecinos el pago de las cuotas pendientes.

¿Qué sucede si los gastos comunes no se reclaman en el plazo establecido?

Si el presidente de la comunidad no reclama el pago de los gastos comunes en el plazo de 5 años, estos habrán prescrito y no podrán ser reclamados posteriormente. Es decir, los vecinos no estarán obligados a pagar las cuotas pendientes de años anteriores.

¿Pueden los vecinos impugnar los gastos comunes?

En caso de que un vecino considere que los gastos comunes son excesivos o no se corresponden con los servicios prestados, tiene derecho a impugnarlos. Para ello, deberá presentar una impugnación ante la junta de propietarios, alegando los motivos por los cuales considera que los gastos son injustificados. Si la mayoría de los vecinos están de acuerdo, se podrá proceder a la anulación o modificación de los gastos impugnados.

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad para entender mejor la prescripción de los gastos comunes en una comunidad de propietarios. Si tienes alguna duda o quieres compartir tu experiencia, no dudes en dejarnos un comentario. En Viltis estaremos encantados de ayudarte y resolver todas tus inquietudes legales.

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