Contrato Permuta: Intercambio de Bienes con Seguridad Legal

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En este artículo hablaremos sobre un tema muy importante en el mundo del derecho civil: el contrato de permuta cc. Si eres estudiante de derecho o simplemente tienes interés en conocer más sobre este tipo de contrato, ¡sigue leyendo!

La permuta es un contrato en el que dos partes acuerdan intercambiar bienes o servicios de igual valor. Es una figura muy común en el derecho civil y se utiliza para diferentes fines, como la compraventa de inmuebles o el intercambio de vehículos.

En el caso de la permuta cc, se trata de un contrato consensual, es decir, que se perfecciona con el simple acuerdo de voluntades de las partes. No se requiere de ninguna formalidad especial, aunque es recomendable dejar constancia por escrito para evitar futuros conflictos.

El contrato de permuta cc en el Código Civil

El Código Civil regula la permuta en sus artículos 1.557 a 1.567. En el artículo 1.558 se establece que «el contrato de permuta existe desde que las partes se han puesto de acuerdo sobre las cosas que constituyen su objeto y sobre el precio, aunque una de ellas no haya entregado la suya a la otra».

Esto significa que, en la permuta, el precio puede ser también un bien o un servicio, no necesariamente una cantidad de dinero como en otros contratos. Además, se requiere que las partes estén de acuerdo sobre las cosas que se van a intercambiar, su valor y su estado.

Ejemplo de contrato de permuta cc

Entre los suscritos, Juan Pérez, mayor de edad, con DNI 12345678, y María López, mayor de edad, con DNI 87654321, ambos vecinos de la ciudad de Madrid, se celebra el presente contrato de permuta cc, con sujeción a las siguientes cláusulas:

Primera. Objeto del contrato: Juan Pérez se obliga a entregar a María López un automóvil marca Toyota, modelo Corolla, año 2015, valorado en 10.000 euros, y María López se obliga a entregar a Juan Pérez un terreno de 500 metros cuadrados ubicado en la ciudad de Valencia, valorado en 20.000 euros.

Segunda. Estado de los bienes: Ambas partes declaran que los bienes objeto de la permuta se encuentran en buen estado y libre de cargas y gravámenes.

Tercera. Precio: El precio de la permuta es de 10.000 euros para cada parte, equivalente al valor de los bienes intercambiados.

Cuarta. Gastos: Los gastos de escrituración y registro corren por cuenta de ambas partes por igual.

Quinta. Vigencia: El presente contrato tendrá vigencia a partir de la fecha de su firma y será válido hasta que ambas partes cumplan con sus obligaciones.

Sexta. Resolución: En caso de incumplimiento de alguna de las partes, el contrato podrá ser resuelto de forma unilateral por la parte afectada, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.

Séptima. Ley aplicable y jurisdicción: Este contrato se rige por las leyes civiles del país y cualquier controversia que se derive del mismo será sometida a los tribunales competentes de la ciudad de Madrid.

Las partes firman este contrato en dos ejemplares, en la ciudad y fecha arriba indicadas.

Juan Pérez María López

Esperamos que este ejemplo te haya sido de utilidad para entender mejor cómo funciona un contrato de permuta cc. Si tienes alguna duda o comentario, no dudes en dejárnoslo a continuación. ¡Hasta la próxima!

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