Entendiendo la Gestación Subrogada

Table of Contents

Bienvenidos a Viltis, el blog jurídico del ámbito español donde encontrarás toda la información y novedades sobre temas legales relevantes. En esta ocasión, hablaremos sobre una sentencia reciente en el ámbito de la gestación subrogada en España.

¿Qué es la gestación subrogada?

La gestación subrogada, también conocida como maternidad subrogada o vientre de alquiler, es una técnica de reproducción asistida en la cual una mujer gesta y da a luz a un bebé para otra persona o pareja. Esta técnica puede ser realizada de forma altruista o con fines lucrativos.

Sentencia del Tribunal Supremo

Recientemente, el Tribunal Supremo de España ha emitido una sentencia en la que se reconoce la filiación de los hijos nacidos mediante gestación subrogada en el extranjero, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos establecidos por la ley.

Requisitos para reconocer la filiación

Según la sentencia del Tribunal Supremo, para que se reconozca la filiación de los hijos nacidos mediante gestación subrogada en el extranjero, es necesario que:

  • La ley del país donde se ha llevado a cabo la gestación subrogada permita esta técnica y garantice los derechos del menor.
  • La filiación haya sido establecida de acuerdo a la ley del país donde se ha llevado a cabo la gestación subrogada.
  • La gestante haya renunciado a su maternidad a favor de los padres comitentes.

¿Qué significa esta sentencia?

Esta sentencia del Tribunal Supremo supone un avance en la regulación de la gestación subrogada en España, ya que anteriormente no se reconocía la filiación de los hijos nacidos mediante esta técnica en el extranjero. Sin embargo, aún queda un largo camino por recorrer para una regulación completa y clara de la gestación subrogada en nuestro país.

¿Qué opinas sobre la gestación subrogada?

En Viltis queremos conocer tu opinión sobre este tema tan controvertido. ¿Estás a favor o en contra de la gestación subrogada? ¿Crees que debería ser legalizada en España? ¡Déjanos tu comentario y comparte tu punto de vista!

Rate this post

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *