Prescripción en liquidación de sociedad conyugal

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Bienvenidos lectores de Viltis, hoy hablaremos sobre un tema importante en el ámbito legal español: la prescripción de la liquidación de la sociedad conyugal. Este proceso puede resultar confuso y complejo, por lo que es necesario tener una comprensión clara de sus conceptos y plazos.

¿Qué es la prescripción de la liquidación de la sociedad conyugal?

La sociedad conyugal es el régimen de bienes que se establece por defecto en los matrimonios en España. Este régimen implica que los bienes adquiridos durante el matrimonio pertenecen a ambos cónyuges de forma igualitaria, salvo que se haya establecido un régimen diferente en el contrato de matrimonio.

La prescripción de la liquidación de la sociedad conyugal se refiere al plazo en el cual se debe realizar la división y distribución de los bienes comunes entre los cónyuges, una vez que se ha disuelto el matrimonio por divorcio o fallecimiento de uno de los cónyuges.

¿Cuál es el plazo de prescripción?

El plazo de prescripción para la liquidación de la sociedad conyugal es de 5 años a partir de la disolución del matrimonio. Este plazo puede ser interrumpido si se inicia un procedimiento judicial o se llega a un acuerdo entre los cónyuges para realizar la liquidación.

Es importante tener en cuenta que la prescripción no se aplica a los bienes que han sido ocultados por uno de los cónyuges, ya que en este caso el plazo comienza a contar desde el momento en que se descubre la existencia de dichos bienes.

¿Qué sucede si se supera el plazo de prescripción?

Si se supera el plazo de prescripción sin haber realizado la liquidación de la sociedad conyugal, los bienes comunes pasarán a ser considerados como bienes privativos de cada cónyuge. Esto significa que cada uno podrá disponer de ellos libremente, sin tener que compartirlos con el otro cónyuge.

Es importante destacar que la prescripción de la liquidación de la sociedad conyugal no afecta a los derechos de los hijos en cuanto a la herencia de sus padres, ya que estos bienes se consideran parte de la masa hereditaria.

En resumen

La prescripción de la liquidación de la sociedad conyugal es un plazo de 5 años que comienza a contar a partir de la disolución del matrimonio, en el cual se debe realizar la división y distribución de los bienes comunes entre los cónyuges. Si se supera este plazo, los bienes pasarán a ser considerados como privativos de cada cónyuge. Sin embargo, es importante recordar que este plazo puede ser interrumpido si se inicia un procedimiento judicial o se llega a un acuerdo entre los cónyuges.

Esperamos que este artículo haya sido útil para aclarar cualquier duda sobre la prescripción de la liquidación de la sociedad conyugal en España. Si tienes alguna pregunta o comentario, no dudes en dejarlo abajo. ¡Gracias por leernos en Viltis!

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