Contrato de arrendamiento con reconducción tacita

Table of Contents

Bienvenido a Viltis, el blog jurídico donde encontrarás información actualizada sobre temas legales de interés. En esta ocasión hablaremos sobre un concepto importante en el derecho del arrendamiento: la tacita reconducción en los contratos de arrendamiento.

La tacita reconducción es un término que se utiliza en el derecho civil para referirse a la prórroga automática de un contrato. En el caso de los contratos de arrendamiento, se refiere a la continuidad del mismo una vez finalizado el plazo estipulado en el contrato inicial.

Es importante mencionar que la tacita reconducción solo se aplica en los contratos de arrendamiento de vivienda y no en los de uso distinto, como locales comerciales o terrenos. Además, solo se puede aplicar si el arrendador (dueño de la propiedad) no ha notificado al arrendatario (inquilino) su intención de dar por terminado el contrato.

Ejemplo de contrato de arrendamiento con tacita reconducción

En la ciudad de Barcelona, a 1 de enero de 2021, comparecen como partes el señor Juan Pérez (arrendador) y la señora María López (arrendataria), quienes acuerdan celebrar un contrato de arrendamiento de vivienda por un plazo de un año, que comenzará el día 1 de febrero de 2021 y finalizará el día 31 de enero de 2022.

Una vez finalizado el plazo estipulado en el contrato, el mismo se prorrogará automáticamente por períodos sucesivos de un año, a menos que alguna de las partes notifique a la otra su intención de dar por terminado el contrato con al menos 30 días de antelación a la fecha de finalización.

En caso de que el arrendatario decida abandonar la propiedad antes de la finalización del contrato, deberá notificarlo al arrendador con al menos 30 días de antelación y pagar una indemnización equivalente a un mes de alquiler.

Es importante tener en cuenta que, en caso de que el arrendatario no desaloje la propiedad al finalizar el contrato, se entenderá que ha aceptado la prórroga automática del mismo. Por lo tanto, si el arrendatario desea finalizar el contrato, deberá notificarlo al arrendador con la antelación establecida en el contrato.

Esperamos que esta información te haya sido útil y aclare tus dudas sobre la tacita reconducción en los contratos de arrendamiento. Si tienes alguna pregunta o comentario, no dudes en dejarlo en la sección de comentarios. ¡Gracias por leernos en Viltis!

Rate this post

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *