Demanda Juicio Verbal: Todo lo que Necesitas Saber

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Bienvenido al blog jurídico de Viltis, en esta ocasión hablaremos sobre el proceso de demanda en el ámbito español, específicamente en el juicio verbal para la reclamación de cantidad.

El juicio verbal es un proceso judicial rápido y sencillo para reclamar deudas de hasta 6.000 euros. Este tipo de juicio es utilizado en casos donde la cantidad reclamada no supera los 6.000 euros y no existen pruebas complicadas de presentar.

¿Cuándo se puede iniciar una demanda en juicio verbal?

El juicio verbal puede ser iniciado por cualquier persona que tenga una deuda pendiente de pago. Sin embargo, antes de iniciar la demanda, es necesario que se haya intentado una vía extrajudicial de cobro, como una carta de reclamación o una mediación.

Además, es importante tener en cuenta que no se pueden reclamar cantidades superiores a los 6.000 euros en este tipo de juicio. Si la cantidad reclamada es mayor, se deberá iniciar un proceso judicial diferente.

¿Cómo se inicia una demanda en juicio verbal?

Para iniciar una demanda en juicio verbal, es necesario presentar una demanda escrita en el Juzgado de Primera Instancia correspondiente al domicilio del demandado. En la demanda se deben incluir los datos del demandante y del demandado, una descripción de los hechos y la cantidad reclamada.

Una vez presentada la demanda, se celebrará una vista en la que ambas partes podrán presentar sus pruebas y argumentos. En caso de que el demandado no se presente, se considerará que ha aceptado la demanda y se dictará una sentencia en su contra.

¿Cuál es el plazo para dictar sentencia en un juicio verbal?

El plazo para dictar sentencia en un juicio verbal es de aproximadamente 20 días desde la celebración de la vista. Sin embargo, este plazo puede variar dependiendo de la carga de trabajo del juzgado y la complejidad del caso.

Es importante tener en cuenta que en caso de que el demandado sea declarado culpable y no pague la cantidad reclamada, se podrán iniciar medidas de ejecución para cobrar la deuda.

Esperamos que esta información te haya sido útil. Si tienes alguna duda o comentario, no dudes en dejárnoslo en la sección de comentarios. En Viltis estamos siempre dispuestos a ayudarte con tus problemas legales.

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