Contrato de sociedad limitada: una guía básica

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Bienvenidos al blog de Viltis, un espacio dedicado a informar y asesorar en temas jurídicos. En esta ocasión, hablaremos sobre el contrato de sociedad limitada, uno de los acuerdos más utilizados en el ámbito empresarial.

Antes de entrar en detalles sobre el contrato de sociedad limitada, es importante entender qué es una sociedad limitada. Se trata de una forma jurídica de organización empresarial en la que dos o más personas se unen para llevar a cabo una actividad económica con un fin común. A diferencia de otras formas de sociedad, la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado, es decir, no responden con su patrimonio personal ante posibles deudas o obligaciones de la sociedad.

¿Qué es un contrato de sociedad limitada?

Un contrato de sociedad limitada es un documento legal en el que se establecen las condiciones y normas que regirán la relación entre los socios y la sociedad. Este contrato debe ser redactado por un abogado y debe incluir información sobre la denominación de la sociedad, el objeto social, el capital social, la participación de cada socio, entre otros aspectos relevantes.

Un ejemplo de un contrato de sociedad limitada podría ser el siguiente:

CONTRATO DE SOCIEDAD LIMITADA

En la ciudad de Madrid, a 1 de enero de 2021, comparecen como socios fundadores:

– Juan Pérez, mayor de edad, con DNI 12345678A, y con domicilio en Calle Mayor 1, Madrid.

– María Gómez, mayor de edad, con DNI 87654321B, y con domicilio en Calle Gran Vía 2, Madrid.

Los comparecientes, en su propio nombre y derecho, manifiestan que han convenido constituir una sociedad limitada, de acuerdo con las siguientes cláusulas:

1. Denominación de la sociedad: La sociedad se denominará «Ejemplo SL».

2. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de consultoría en el ámbito tecnológico.

3. Capital social: El capital social de la sociedad será de 10.000 euros, dividido en 100 participaciones de 100 euros cada una, totalmente suscritas y desembolsadas por los socios en proporción a su participación en la sociedad.

4. Participación de los socios: Juan Pérez será titular de 60 participaciones y María Gómez de 40 participaciones.

5. Administración y representación: La administración y representación de la sociedad corresponderá a Juan Pérez, quien actuará en calidad de administrador único.

6. Duración: La duración de la sociedad será de 99 años, contados a partir de su inscripción en el Registro Mercantil.

7. Resolución de conflictos: Cualquier conflicto que surja entre los socios o entre ellos y la sociedad será resuelto mediante arbitraje de acuerdo con la legislación vigente.

8. Ley aplicable y jurisdicción: Este contrato se regirá por la legislación española y cualquier controversia que pudiera surgir se someterá a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid.

Y en prueba de conformidad, los comparecientes firman el presente contrato por duplicado en el lugar y fecha indicados anteriormente.

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Juan Pérez

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María Gómez

Como se puede ver en este ejemplo, el contrato de sociedad limitada establece las bases de funcionamiento de la sociedad, garantizando una relación clara y ordenada entre los socios.

Esperamos que este artículo haya sido útil para comprender mejor qué es un contrato de sociedad limitada. Si tienes alguna duda o comentario, no dudes en dejarlo abajo. ¡Estaremos encantados de ayudarte!

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