Contrato de Sociedad según el Código de Comercio

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Bienvenidos a Viltis, el blog jurídico en el que encontrarás información relevante sobre el mundo del derecho comercial. En esta ocasión, hablaremos sobre el contrato de sociedad según el Código de Comercio.

El contrato de sociedad es un acuerdo entre dos o más personas que deciden unirse para llevar a cabo una actividad económica en común. Este tipo de contrato está regulado en el Código de Comercio, específicamente en su Libro Segundo que trata sobre las sociedades mercantiles.

Tipos de sociedades según el Código de Comercio

El Código de Comercio reconoce varios tipos de sociedades mercantiles, entre las que se encuentran:

  • Sociedad en nombre colectivo
  • Sociedad en comandita simple
  • Sociedad de responsabilidad limitada
  • Sociedad anónima
  • Sociedad en comandita por acciones

Cada tipo de sociedad tiene sus propias características y requisitos, por lo que es importante conocerlas antes de decidir qué tipo de sociedad es la más adecuada para llevar a cabo un proyecto empresarial.

Un ejemplo de contrato de sociedad

En la ciudad de Santiago de Chile, a 25 de mayo de 2021, entre los suscritos Juan Pérez, mayor de edad, chileno, soltero y con cédula de identidad número 12345678-9, y María Gómez, mayor de edad, chilena, casada y con cédula de identidad número 98765432-1, se ha celebrado un contrato de sociedad en nombre colectivo, bajo las siguientes cláusulas:

Primera: Los socios acuerdan unirse para llevar a cabo una actividad comercial consistente en la venta de productos de belleza en la ciudad de Santiago de Chile.

Segunda: La duración de la sociedad será de 5 años, contados a partir de la firma del presente contrato.

Tercera: El capital social será de $10.000.000 (diez millones de pesos chilenos), dividido en partes iguales entre los socios.

Cuarta: Las ganancias y pérdidas se distribuirán en partes iguales entre los socios.

Quinta: La administración de la sociedad estará a cargo de Juan Pérez, quien será el representante legal y tendrá la facultad de tomar decisiones en nombre de la sociedad.

Sexta: Cualquier modificación al presente contrato deberá ser acordada por ambas partes y realizada por escrito.

Séptima: Para todo lo no previsto en este contrato, se aplicarán las disposiciones del Código de Comercio y demás leyes aplicables.

Leído y aceptado por ambas partes, se firma el presente contrato en la ciudad y fecha antes mencionadas.

Juan Pérez

María Gómez

Esperamos que este ejemplo de contrato de sociedad según el Código de Comercio haya sido de utilidad. Si tienes alguna duda o comentario, no dudes en dejarnos un mensaje. ¡Hasta la próxima!

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