Contrato de Formación: Retribución en Alternancia

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En esta ocasión, hablaremos sobre el contrato de formación en alternancia y su retribución. Este tipo de contrato, también conocido como contrato de aprendizaje, es una modalidad de contratación que combina la formación teórica en un centro educativo con la formación práctica en una empresa.

¿En qué consiste el contrato de formación en alternancia?

El contrato de formación en alternancia es una opción muy beneficiosa tanto para las empresas como para los trabajadores. Por un lado, permite a las empresas formar a sus empleados de acuerdo a sus necesidades y por otro lado, brinda la oportunidad a los trabajadores de adquirir conocimientos y habilidades prácticas mientras reciben una remuneración.

Este tipo de contrato tiene una duración mínima de 6 meses y máxima de 3 años, dependiendo del nivel de formación que se quiera alcanzar. Además, es necesario que el trabajador tenga entre 16 y 25 años (en algunos casos hasta 30 años) y no posea una cualificación profesional reconocida en el mismo sector de actividad.

Retribución en el contrato de formación en alternancia

La retribución en el contrato de formación en alternancia varía en función de la edad del trabajador y del año de formación en el que se encuentre. En general, el salario mínimo se calcula en base al salario mínimo interprofesional (SMI) y oscila entre el 25% y el 85% de éste, según el año de formación.

Por ejemplo, si un trabajador de 18 años se encuentra en su primer año de formación, su salario mínimo sería del 25% del SMI, es decir, 303,91 euros mensuales (SMI 2021: 1.215,85 euros/mes).

Un ejemplo de contrato de formación en alternancia y su retribución sería el siguiente:

Empresa: XYZ S.L.

Trabajador: Juan Pérez

Edad: 20 años

Año de formación: 2º año

Retribución: 60% del SMI

En este caso, Juan Pérez recibiría una remuneración de 729,51 euros mensuales (SMI 2021: 1.215,85 euros/mes x 60%). Además, la empresa asumiría los costos de la formación teórica y práctica del trabajador.

Es importante destacar que durante la duración del contrato de formación en alternancia, el trabajador también tiene derecho a las prestaciones de la Seguridad Social (sanidad, jubilación, desempleo, etc.) y a las vacaciones correspondientes.

Esperamos que esta información te haya sido útil y si tienes alguna duda, no dudes en dejarnos un comentario. ¡Hasta la próxima!

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