Contrato Fijo Discontinuo: Fechas Inciertas

Table of Contents

Bienvenidos a Viltis, el blog jurídico donde encontrarás información y asesoramiento sobre temas legales relevantes.

En esta ocasión, hablaremos sobre un tipo de contrato laboral que puede generar confusión y controversia: el contrato fijo discontinuo con fechas no ciertas.

¿Qué es un contrato fijo discontinuo con fechas no ciertas?

Un contrato fijo discontinuo es aquel en el que el trabajador realiza su labor en períodos alternos, con interrupciones entre ellos. Estos períodos de actividad y de inactividad están previamente acordados entre el empleador y el empleado.

En el caso de un contrato fijo discontinuo con fechas no ciertas, las fechas de inicio y finalización de cada período de actividad no están determinadas de antemano. Esto significa que el trabajador no sabe cuándo comenzará a trabajar ni cuándo finalizará su contrato, lo que puede generar incertidumbre y afectar su estabilidad laboral.

Este tipo de contrato es común en sectores como la hostelería, el turismo o la agricultura, donde la actividad laboral varía según la temporada.

Ejemplo de contrato fijo discontinuo con fechas no ciertas

María ha sido contratada por un hotel como camarera con un contrato fijo discontinuo con fechas no ciertas. En su contrato se especifica que trabajará durante la temporada alta, que abarca desde el mes de junio hasta septiembre, pero sin una fecha exacta de inicio ni de finalización.

María comienza a trabajar en el mes de junio y su contrato finaliza en septiembre, pero no sabe cuándo exactamente. Además, en ocasiones su empleador le pide que trabaje algunos fines de semana durante la temporada baja, lo que genera aún más incertidumbre en su contrato.

Es importante mencionar que este tipo de contrato debe ser redactado de manera clara y precisa, especificando las condiciones y términos acordados entre ambas partes. Si tienes dudas o necesitas asesoramiento sobre este tema, no dudes en dejarnos un comentario y con gusto te ayudaremos.

¡Gracias por leernos en Viltis! ¡Te esperamos en nuestro próximo artículo!

Rate this post

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *