Estatuto Trabajadores y Permiso por Fallecimiento Familiar

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Bienvenidos al blog jurídico Viltis, donde abordamos temas relevantes del ámbito legal en España. En esta ocasión, hablaremos sobre el estatuto de los trabajadores en cuanto al permiso por fallecimiento de un familiar.

En primer lugar, es importante destacar que el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37.3, establece que los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido en caso de fallecimiento de un familiar, ya sea por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado. Este permiso es de un día si el fallecimiento se produce en la misma localidad donde el trabajador presta sus servicios, y de dos días si es en otra localidad.

Es importante mencionar que este permiso es independiente de las vacaciones o días de descanso que el trabajador ya tuviera programados. Además, el trabajador puede decidir cuándo tomar el permiso, ya sea el día del fallecimiento o en otro momento posterior, siempre y cuando sea dentro de los 15 días siguientes al mismo.

¿Qué se considera como familiar?

Según el Estatuto de los Trabajadores, se considera familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, es decir, padres, hijos, cónyuge, hermanos, abuelos, nietos, suegros, yernos, nueras, cuñados, etc. Sin embargo, algunas empresas pueden tener en su convenio colectivo una definición más amplia de lo que se considera como familiar.

Es importante mencionar que, en caso de fallecimiento de un familiar de un trabajador que se encuentre en situación de teletrabajo, también se tiene derecho al permiso retribuido. En este caso, el trabajador podrá decidir si sigue trabajando desde su domicilio o si toma el permiso para poder asistir al funeral o realizar los trámites necesarios.

¿Qué sucede si el fallecimiento es de un familiar lejano?

En caso de fallecimiento de un familiar más lejano, como tíos, primos, sobrinos, etc., no se tiene derecho al permiso retribuido establecido en el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, algunas empresas pueden tener en su convenio colectivo una cláusula que contemple esta situación y otorgue un permiso retribuido de un día.

En conclusión, el estatuto de los trabajadores contempla un permiso retribuido por fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y este derecho es independiente de las vacaciones o días de descanso del trabajador. Es importante que los empleadores estén al tanto de esta normativa y la respeten en caso de que un trabajador se vea en la necesidad de tomar este permiso.

Si tienes alguna duda sobre este tema, no dudes en dejarnos un comentario y con gusto te responderemos. ¡Hasta la próxima!

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