El riesgo de la demanda por mala obra

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Bienvenidos al blog jurídico de Viltis, un espacio dedicado a informar y asesorar sobre temas legales en el ámbito español. En esta ocasión, hablaremos sobre uno de los problemas más comunes que pueden surgir en la construcción de una vivienda: la demanda por obra mal realizada.

La compra de una vivienda es una de las decisiones más importantes en la vida de una persona. Por ello, es fundamental que la construcción de la misma sea realizada de forma adecuada, cumpliendo con todas las normativas y estándares de calidad. Sin embargo, en ocasiones nos encontramos con situaciones en las que la obra realizada no cumple con nuestras expectativas o incluso presenta defectos que pueden comprometer la seguridad y habitabilidad de la vivienda.

¿Qué se considera una obra mal realizada?

Según la Ley de Ordenación de la Edificación, se considera una obra mal realizada aquella que presenta defectos que afectan a la habitabilidad, solidez o seguridad de la vivienda. Estos defectos pueden ser de diversa índole, como por ejemplo: grietas en las paredes, humedades, problemas en la instalación eléctrica o de fontanería, entre otros.

Es importante destacar que estos defectos deben ser graves y no pueden ser atribuidos a un uso inadecuado de la vivienda por parte del propietario. Además, deben ser detectados dentro de un plazo de 10 años desde la finalización de la obra, aunque en algunos casos este plazo puede variar según la naturaleza del defecto.

¿Qué hacer en caso de detectar una obra mal realizada?

Lo primero que debe hacerse es notificar por escrito al constructor o promotor de la vivienda sobre los defectos detectados. En caso de no obtener una respuesta satisfactoria, se puede acudir a un perito para que realice un informe técnico sobre los defectos y sus posibles causas. Con este informe en mano, se puede iniciar una demanda por obra mal realizada en el juzgado correspondiente.

Es importante tener en cuenta que, en caso de que la vivienda se encuentre en una comunidad de propietarios, la demanda debe ser presentada por la comunidad en su conjunto. Además, si se demuestra que los defectos son responsabilidad del constructor o promotor, estos deberán hacerse cargo de los gastos de reparación y/o indemnización correspondientes.

En Viltis nos preocupamos por brindar la mejor asesoría legal a nuestros lectores. Si tienes cualquier duda sobre este tema, no dudes en dejarnos un comentario y con gusto te ayudaremos a resolverla. ¡Hasta la próxima!

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