Entendiendo la jurisprudencia del cese de funcionarios interinos

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Bienvenido a Viltis, el blog jurídico donde te mantenemos informado sobre las últimas noticias y novedades del ámbito legal en España. En esta ocasión, hablaremos sobre la jurisprudencia en relación al cese de funcionarios interinos.

¿Qué es un funcionario interino?

Antes de adentrarnos en la jurisprudencia del cese de funcionarios interinos, es importante tener claro qué se entiende por este término. Un funcionario interino es aquel que ocupa un puesto en la Administración Pública de forma temporal, en sustitución de un funcionario titular.

¿Cuál es la normativa aplicable?

La jurisprudencia sobre el cese de funcionarios interinos se basa en la interpretación de diferentes normativas, como la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley de la Función Pública, así como diversas sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional.

¿En qué casos se puede cesar a un funcionario interino?

Según la jurisprudencia, el cese de un funcionario interino puede darse en diferentes situaciones, como por ejemplo, el fin del plazo por el que fue contratado, la reincorporación del funcionario titular, la amortización del puesto o la supresión del mismo.

¿Cuáles son los derechos del funcionario interino en caso de cese?

A pesar de ser una relación laboral temporal, los funcionarios interinos también tienen derechos en caso de cese. Según la jurisprudencia, tienen derecho a una indemnización por cese, a percibir la parte proporcional de las pagas extraordinarias y a solicitar la prórroga de su contrato en determinadas circunstancias.

¿Qué ocurre si el cese es declarado nulo?

En caso de que el cese de un funcionario interino sea declarado nulo por los tribunales, la jurisprudencia establece que el trabajador tiene derecho a ser reincorporado en su puesto de trabajo y a percibir los salarios dejados de percibir durante el periodo de cese.

Esperamos que este artículo te haya sido útil para entender mejor la jurisprudencia en relación al cese de funcionarios interinos. Si tienes alguna duda o quieres compartir tu experiencia, no dudes en dejarnos un comentario. ¡Gracias por leernos en Viltis!

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